Texto del Plan General de Estudios presentado por Pedro José Pidal, Ministro de Gobernación, y firmado por Isabel II el 17 de septiembre de 1845.
En este plan se regulan los estudios primarios, secundarios y universitarios. En estos últimos se mantiene la tradicional Facultad de Filosofía en los que se estudian las ciencias « harto desatendidas en España » y las tres Facultades Mayores de Teología, Jurisprudencia y Medicina de la que se han separado los estudios de Farmacia. El doctorado solo se cursaba en la Universidad de Madrid. Con el pretexto « de establecer unidad y armonía en todas las escuelas del reino » se organizó una universidad centralizada siguiendo la evocación del Plan Calomarde (1824), para un mejor control de las enseñanzas. Con relación a los libros de texto se descartó la práctica de dejar al profesor entera libertad para elegirlos (como venia sucediendo desde 1836) y se estableció que fuera el Consejo de Instrucción Pública quien impusiera los textos, pese al recelo de que con esto se estableciera un monopolio exclusivo en favor de autores determinados. También se regula la forma de selección del profesorado y de su retribución.